Conservar mi vivienda frente a la Dación en pago

El Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, también conocido como el Código de Buenas Prácticas, al que se han adherido la mayor parte de las entidades bancarias, mejora la protección de los deudores hipotecarios que atraviesan una grave situación económica que les impide seguir afrontando el pago de las cuotas de la hipoteca de su vivienda habitual, es decir, de quienes se encuentran situados en el umbral de exclusión social.

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Tanto como si tu Hipoteca la ha adquirido ANTICIPA REAL ESTATE o el BBVA, te siguen asistiendo tus derechos para defenderte frente al nuevo acreedor.

En cuanto a los requisitos del Código de Buenas Prácticas: será aplicable a los deudores hipotecarios sobre vivienda habitual cuando los ingresos de la unidad familiar no superen 3 veces el IPREM, que en los cuatro años anteriores al momento de la solicitud, la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas o circunstancias familiares de especial vulnerabilidad, y cuando la cuota hipotecaria resulte superior al 50% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.

 

RECUERDA: si te encuentras en una situación de ESPECIAL VULNERABILIDAD puedes acogerte a las medidas de reestructuración hipotecaria en beneficio del afectado en una situación económica y familiar grave.

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